Viernes, 10 de septiembre de 2021
El 29 de junio se aprobó el nuevo Código Estructural, según el Real Decreto 470/2021. En él se establecen y cuantifican los requisitos exigibles a las estructuras haciendo especial hincapié en todo lo relativo a la seguridad.
La publicación de esta normativa responde a la necesidad de actualizar la reglamentación vigente que afecta a las estructuras de hormigón y a las estructuras de acero e incluir una nueva reglamentación para las estructuras mixtas de hormigón y acero.
Entrando un poco en detalle, el nuevo código regula las cuestiones relativas a bases de proyecto y análisis estructural, así como a los requisitos técnicos exigibles a los materiales componentes, a la durabilidad y vida útil de las estructuras, a la acción de incendio, al control y a la ejecución de las estructuras, actualizando y derogando a partir del 10 noviembre de 2021 la Instrucción de Acero Estructural (EAE), aprobada por Real Decreto 751/2011 y la Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08) aprobada por Real Decreto 1247/2008.
Algunos de los principales aspectos incluidos en la nueva normativa son:
a) La regulación de las siguientes materias que no incluye la reglamentación actual. Por ejemplo:
- 1. La gestión de las estructuras existentes durante su vida útil, que actualmente quedan fuera del ámbito de aplicación de las instrucciones de hormigón y acero.
- 2. Los sistemas de protección, reparación y refuerzo de estructuras de hormigón.
- 3. Las estructuras realizadas con acero inoxidable.
- 4. Las estructuras mixtas de hormigón y acero.
b) La modificación de las menciones a la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción, que se contenían en la reglamentación vigente, sustituyéndolas por el Reglamento (UE) n.º305/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción y se deroga la Directiva 89/106/CEE del Consejo, cuya principal novedad es que desaparece el concepto de idoneidad al uso de los productos con marcado CE, y se sustituye por la presunción de veracidad de la expresión de los valores de las prestaciones de las características de los productos amparados por dicho marcado.
c) La evaluación de la sostenibilidad de las estructuras considerando las características prestacionales, ambientales, sociales y económicas que aportan los agentes que participan en su proyecto y ejecución.
d) El establecimiento de recomendaciones para la utilización del hormigón proyectado estructural.
e) La incorporación de los aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo de las estructuras, de acuerdo a los procedimientos establecidos en los Eurocódigos Estructurales.
La fecha de entrada en vigor es de tres meses a partir de su publicación en el BOE, es decir, el 10 de noviembre de 2021.