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La seguridad en las instalaciones de calefacción centralizada con gas natural

Miércoles, 27 de enero de 2021

La Comisión de Edificación y Urbanismo del Colegio y la Asociación, a través de su vocal José Manuel Domínguez Cerdeira, publican esta nota para aclarar algunos aspectos relativos a las instalaciones de calefacción centralizada con gas natural, que disponen de una normativa que rige su diseño, instalación, puesta en marcha, mantenimiento e inspecciones.

Las instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria en edificios, al utilizar combustible para su funcionamiento, son susceptibles de poder sufrir accidentes. Los combustibles ya sean sólidos (carbón y biomasa), combustibles líquidos (gasóleo-C) o gaseosos (gas natural) son sustancias inflamables. Por ello se han de adoptar medidas que eviten un vertido incontrolado y, en caso de que ocurriera, evitar que concurran las condiciones que permitan su combustión, de forma que se minimice cualquier posible riesgo para las personas y los bienes, apunta José Manuel Domínguez Cerdeira, vocal de la Comisión de Edificación y Urbanismo del Colegio y Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid.

En el caso de las instalaciones de gas natural se dispone de una normativa que rige tanto su diseño, instalación y puesta en marcha, así como el mantenimiento e inspecciones que deben realizarse a lo largo de toda la vida útil de la instalación. Esta normativa consiste en el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias, en particular la ICG 07, así como la UNE-60670-2014.

De acuerdo con estas normativas, las instalaciones de gas natural son instalaciones energéticas en edificios en las que la compañía distribuidora antes de dar suministro comprueba que todas las normativas se cumplen. Además supervisa que se realice un mantenimiento periódico de las mismas (anual) y una inspección periódica (cada cinco años).

En relación con la seguridad en una instalación de gas para una sala de calderas centralizada, en el diseño, la normativa exige:

En cuanto al mantenimiento e inspección, la propiedad es responsable de disponer de un contrato de mantenimiento anual de la sala de calderas y cada 5 años debe encargar una inspección de la instalación de gas a una empresa instaladora de gas autorizada y registrada en la comunidad autónoma correspondiente. Esta instaladora debe informar del resultado de la inspección a la compañía distribuidora de gas, la cual si esto no se cumple, realizará la inspección de oficio.

Desde el Colegio y la Asociación de Ingenieros Industriales de Madrid lamentamos profundamente las pérdidas humanas provocadas por la explosión causada por un escape de gas que tuvo lugar durante la tarde de ayer en la calle de Toledo de Madrid.